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¿Por qué “sujetó” Moshé las Tablas, si ya las estaba sosteniendo?
(v. 17)
OR HAJAÍM: Hasta el momento en que Moshé vio que el pueblo
judío había pecado, las Tablas flotaban en el aire arriba de sus manos
(“sobre mis dos manos” — v. 15). Cuando vio su pecado, las Tablas
perdieron su santidad y él tuvo que sujetarlas y sostenerlas.
MIDRASH: Las Tablas medían seis tefajím (puños) de largo. Moshé
sostenía dos tefajím, y Dios dos tefajím del otro lado, quedando dos
tefajím sin soporte. Moshé se aferró a ellas con más fuerza, sujetó las
Tablas, y las rompió...
Por eso dijo Dios a Moshé: “Fuiste tú el que las rompió” (Tanjumá 11).
¿Por qué rompió Moshé las Tablas? (v. 17)
MIDRASH: ¿A qué se compara esto? A un noble que quiso casarse
con una mujer a través de un intermediario. El intermediario fue y
descubrió que la mujer había sido promiscua con otro hombre.
¿Qué hizo el intermediario —que era totalmente inocente—? Tomó
el documento de matrimonio que le había entregado el noble y lo
rompió. Dijo: “¡Es mejor que esta mujer sea juzgada como soltera y
no como casada!”. Y esto es precisamente lo que hizo Moshé.
Cuando vio lo que había hecho el pueblo judío, tomó las Tablas y
las rompió, [para poder argumentar] que si el pueblo judío hubiese
visto el castigo por idolatría [escrito allí], no habría pecado (Shemot
Rabá 43:1).
Torat Menajem
¿A QUIÉN PERTENECÍAN LAS TABLAS? (V. 17)
Además de las soluciones de Or HaJaím y el Midrash, la razón de que
Moshé precisara “sujetar” las Tablas puede entenderse encarando primero
la siguiente pregunta:
Supuestamente, las Tablas eran propiedad pública, pues fueron entregadas
a Moshé para ser colocadas en el Arca (que pertenecía a la comunidad),
junto con todas las demás partes del Tabernáculo (véase Rosh HaShaná
7a; Iomá 35b). Esto genera una pregunta: ¿cómo pudo Moshé romper las
Tablas, si no le pertenecían? Ciertamente, ¡estaba destruyendo un bien
público!
¿TENÍAN ALGÚN VALOR LAS TABLAS?
A simple vista, podríamos argumentar que las Tablas en verdad no tenían
valor alguno, pues en el desierto la piedra no tiene valor de mercado
porque no se construyen casas allí. Por eso Moshé no era culpable de
causar un daño, ya que las Tablas no tenían un valor real.
Sin embargo, esta solución resulta claramente inaceptable porque:
a) Aunque no se usen para construir, las piedras sí tienen cierto valor;
por ejemplo, pueden utilizarse como simple mobiliario (comp. con Shemot
17:12).
b) Según nuestros Sabios, las primeras Tablas estaban hechas de zafiro,
que es inmensamente valioso (Tanjumá, Ki Tisá 26).
c) Como sea, en vista de que las Tablas las formó Dios Mismo, obviamente
tenían un valor colosal.
“DAÑO” EN BIEN DE LA COMUNIDAD
Otro posible enfoque para explicar por qué Moshé no era responsable
por dañar la propiedad pública sería argumentar que romper las Tablas
fue en verdad en beneficio público. Pues, como explica el Midrash, las
rompió para reducir el castigo al cual estaría sujeto el pueblo judío por
adorar al Becerro. Así, solo es lógico que el pueblo deseara que su propiedad
fuera dañada, en aras del beneficio público.
Alternativamente, podríamos argumentar que el público no gozaba de
derechos de titularidad normales sobre las Tablas, pues ninguna persona
tenía permitido utilizarlas o beneficiarse de ellas de modo alguno. Por lo
tanto, al romper las Tablas, Moshé no estaba negando al público ningún
privilegio de titularidad.
Sin embargo, ambos argumentos no tomaron en cuenta que romper las
Tablas parece, en definitiva, un acto de robo. Pues incluso si aceptamos
el argumento que Moshé no dañó una propiedad pública porque actuó
en aras del bien público, o que no negó al público ningún privilegio de
titularidad, aún nos queda el problema de que el uso no autorizado de la
propiedad de otra persona (o su abuso) es robo. Y en el caso de robo, la
ley es que uno no puede robar el objeto de otra persona, ni siquiera si es
en beneficio de su dueño (por ejemplo, si se pretende reemplazarlo por
otro mejor — véase Shulján Aruj, Joshen Mishpat 359:2); y del mismo modo,
uno no puede robar la propiedad de otro aun si su dueño no goza de ningún
privilegio de titularidad (véase Shulján Aruj HaRav, Oraj Jaím, Kuntrés Ajarón
435:2).*
Además, el argumento de que el pueblo judío no tenía privilegios de
titularidad sobre las Tablas es sencillamente falso, pues estas fueron entregadas
“para instruir” al pueblo judío (Shemot 24:12), y la instrucción Divina
es, sin duda, un enorme privilegio.
¿TITULARIDAD COMPARTIDA DE LAS TABLAS?
Claramente, las Tablas no eran propiedad pública; de lo contrario, Moshé
no habría tenido derecho a romperlas.
Quizás podría argumentarse entonces que eran en efecto propiedad privada,
en la que cada miembro del pueblo judío tenía su propia parte.
Esta idea parecería tener apoyo en la enseñanza que cuando dijo los Diez
Mandamientos, Dios se dirigió al pueblo judío en singular y no en plural,
pues le hablaba a cada judío directa y personalmente (Pesikta deRav Kahaná,
fin de Parshá bajodesh hashlishí; Tanjumá (Buber) Itró, párr. 17). Por lo tanto, las Tablas
mismas, que contenían los Diez Mandamientos, pertenecían del
mismo modo a cada uno de los judíos de manera individual.
Esto abre un nuevo argumento en defensa de la rotura de las Tablas por
parte de Moshé. Pues, según la ley de la Torá, la prohibición de robo solo
rige cuando el objeto robado vale más que una prutá (moneda pequeña).
En nuestro caso, sin embargo, la porción individual que cada persona tiene
en las Tablas habría sido ciertamente insignificante, por lo que no podría
decirse que Moshé fuera responsable de robo, pues al romperlas no se
apropió de una prutá de ninguna persona.
Sin embargo, en la conclusión final, este argumento es insostenible, pues:
a) Según la postura (citada arriba) que las Tablas estaban hechas de zafiro,
es probable que sí hubo al menos el valor de una prutá para cada
persona judía.
b) De todos modos, la Torá prohíbe robar incluso menos que una prutá.
Es solo que las leyes de restitución rigen únicamente si se robó una prutá
o más (Shulján Aruj HaRav, comienzo de Leyes del Robo y el Hurto).
LA EXPLICACIÓN
Parecería entonces que las primeras Tablas deben haber sido propiedad
privada de Moshé. De lo contrario, no habría tenido derecho a romperlas.
De hecho, esto parece afirmarse explícitamente en las Escrituras: “Cuando
Él hubo terminado de hablar con él en el Monte Sinaí, dio a Moshé
las dos Tablas del Testimonio” (Shemot 31:18), sobre lo que el Talmud comenta
(Nedarím 38a) que Dios se las dio a Moshé “como obsequio”1.
Por lo tanto, estas Tablas deben haber sido una excepción al principio
general que todas las partes del Tabernáculo debían ser propiedad pública2,
un punto recalcado por el hecho de que fueron entregadas varios meses
antes de la construcción del Tabernáculo, lo que indica su existencia
como entidad independiente.
No obstante, cuando Moshé recibió de Dios las Tablas como un regalo
personal, pretendía entregárselas al pueblo judío como un acto de generosidad
(véase Nedarím ibíd.). Pero cuando vio al pueblo judío adorando al
Becerro, cambió de opinión y decidió romperlas. Sin embargo, como había
tenido la intención de entregárselas, temió que su rotunda titularidad
de las Tablas (y por consiguiente el derecho a romperlas) se hubiera vuelto
algo confusa. Por eso, antes de hacerlo, las “sujetó” una vez más, apoderándose
de ellas, para establecer su titularidad de manera inequívoca.
(Basado en Likutéi Sijot, vol. 34, pág. 51 y ss.)