La Torá no permite acciones cuyo propósito es el de descubrir el futuro y lo oculto por medios mágicos. Una de esas prohibiciones es la del presagio-la prohibición de establecer una señal arbitraria, según la cual la persona habrá de saber si le conviene realizar una acción determinada. No obstante, algunos de los comentaristas argumentaron que existe un presagio que puede ser utilizado a partir de la intención de recibir una guía Divina para nuestras acciones.
En el capítulo 18, la Torá detalla actos prohibidos, cuya mayoría tiene el propósito de descubrir el futuro y lo oculto por medios mágicos. Uno de ellos es la prohibición del presagio-la prohibición de determinar una señal arbitraria, según la cual la persona habrá de saber si le conviene ejecutar una determinado acto. No obstante, algunos de los comentaristas argumentaron que existe un presagio que puede ser utilizado a partir de la intención de recibir una guía, una instrucción divina para nuestras acciones.
El sentido de la prohibición del presagio (la adivinación) se basa en los elementos conceptuales religiosos subyacentes, que son elementos mágicos-paganos. El éxito de la persona depende de dos elementos: de los factores racionales-naturales, que obligan a la persona a tratar de actuar a partir de un criterio prudente, y de los factores éticos-religiosos, que están relacionados con el sistema de recompensa y castigo y de la providencia. Atribuir el éxito o el fracaso de un acto humano a un factor arbitrario, tiene un grave defecto religioso y Rambam lo define como un presagio.
Pero parece que Rambam está en lo cierto al no diferenciar entre un factor arbitrario convencional y general en la sociedad y el factor arbitrario que la persona establece para sí misma. Por ello escribió que “aquel que se pone señales para sí mismo: si me llegara a suceder esto o aquello haré esto, y si no me habrá de suceder, pues no lo haré…todo está prohibido, y todo aquel que realiza acción alguna como consecuencia de alguno de estos elementos, habrá de sufrir azotes” (Hiljot Avodá Zará veJukot Hagoim 11, 4). Sin embargo, conforme a la postura de los Sabios de Provence, hay un presagio que está permitido e incluso es apropiado.
Conforme a su postura, las señales que fija una persona para sí misma desde un inicio tienen el estatus de “Voz Divina“: un anuncio murmurado por Dios, que lo guía por medio de estas señales en el conocimiento del futuro o para definir una situación que se le plantea como duda. Según este método, cuando una persona no es profeta y cuando la profecía ya no está vigente, la persona puede y hasta resulta apropiado que desarrolle “canales de comunicación” personales con Dios para tener el privilegio de la guía de Dios, a través de esos canales. Y si es así, no hay aquí una arbitrariedad sin sentido, que es la que caracteriza a la magia pagana y ella es la que define al presagio como algo prohibido, sino que precisamente hay aquí una profunda fe religiosa, ya que la providencia divina y su voluntad se le revelan al hombre a través de diferentes vías a lo largo de su vida, e incluso cuando la profecía ya no está vigente, aún se utiliza la voz Divina.
Editado por el equipo del sitio del Tanaj.
Gentileza del sitio VBM de la Academia Rabínica "Har Etzion".