Parashat Ajarey-Mot concluye con la sección de arayot, que enumera los diversos tipos de relaciones sexuales que la Torá prohíbe. En la introducción a esta sección, la Torá amonesta: “Debes observar Mis mandamientos y Mis estatutos, los cuales una persona debe cumplir y vivir de acuerdo con ellos” (18: 5). La guemará (Sanedrín 74a) comprende la famosa frase “va-jai bahem” (“y vive de acuerdo con ellos”) en este versículo como una indicación de que Dios no desea que muramos como resultado de observar Sus mandamientos. Este verso establece así la famosa regla de pikúaj nefesh, según la cual la preocupación por rescatar la vida humana anula las leyes de la Torá.
Varios Ajaronim, los principales rabinos y poskim (decisores legales judíos) de aproximadamente el siglo XVI hasta el presente, y más específicamente desde la escritura de ShuljánAruj, han notado la ironía en el hecho de que esta orden de vivir es mencionada específicamente por la Torá aquí, en la introducción a la sección de arayot –las normas que prohíben el incesto-.
Las normas acerca de las ofensas sexuales están entre el grupo de tres excepciones a la regla de pikúaj nefesh, ya que se requiere que uno entregue su vida cuando sea necesario para evitar una relación sexual prohibida como entablar relaciones con un miembro de la familia o la esposa de otro hombre, (como si un enemigo amenaza con matar a alguien si se niega a hacerlo)…
Esta prohibición, como el culto idolátrico y el asesinato, no son posibles de ser incumplidas por proteger a la vida humana, en contraste con la gran mayoría de las leyes de la Torá.
Por lo tanto, nos puede parecer sorprendente y extraño que la Torá establezca el principio de pikúaj nefesh – el principio en la ley judía de que la preservación de la vida humana invalida virtualmente cualquier otra consideración religiosa. Cuando la vida de una persona específica está en peligro, casi cualquier mitzvá lo taasé (orden de no hacer una acción) de la Torá, se vuelve inaplicable específicamente en el contexto de arayot, uno de los tres pecados respecto de los cuales este principio no se aplica.
Se han ofrecido varias respuestas a esta pregunta, una de las cuales surge de los comentarios de Tosafot (Sanedrín 74b) con respecto al verso “vajaibahem”.
Tosafot afirma que, fundamentalmente, no debe haber ninguna razón para que la Torá nos informe la regla de pikúaj nefesh. La premisa de que Dios no quiere que rindamos nuestras vidas por el simple hecho de observar sus leyes es, esencialmente, intuitiva y auto-entendida. La única razón por la que fue necesario que la Torá especificara “vajaibahem”, que suspendamos sus leyes por el bien de la vida humana, es por el requisito extraordinario del martirio para evitar transgredir uno de los tres pecados mencionados anteriormente asesinato, idolatría e inmoralidad sexual.
Ya que hay tres leyes de la Torá para las cuales uno debe estar preparado para entregar su vida, uno podría haber asumido que esta norma se aplica a todas las leyes de la Torá. Es por esta razón, explica Tosafot, que la Torá nos informa “vajaibahem”, que la protección de la vida humana invalida todas las órdenes de la Torá, excepto tres.
Esta perspectiva podría ayudar a explicar por qué la disposición de “vajai bahem” aparece en la introducción de la sección que trata sobre el arayot.
El rigor único de arayot, que debe observarse incluso a riesgo de muerte, es lo que da lugar a la posibilidad de que todas las leyes de la Torá anulen la preocupación por la vida humana.
Y así, específicamente en este contexto, la Torá especificó “vajai bahem”, que con solo tres excepciones, sus leyes no se aplican cuando la vida humana está en riesgo.
(Ver Or Hajayim a Vayikra 18: 5, y Peninim Mibeit Midrasha de Rav Jaim Leib Eisenstein, Parashat Ajarey-Mot.)