¿Qué derechos recibió Nejemiá del rey Artajshasta, a su llegada a Ierushalaim?
En el ano veinte del reinado de Artajshasta, Nejemiá le pidió al rey un permiso para construir Ierushalaim, y la misma boca que prohibió dicha acción al comienzo de su reinado, es la que ahora lo permite. También esta autorización le fue otorgada a Nejemiá como un privilegio personal. La difícil situación de los residentes de Ierushalaim, es la que conmovió a Nejemiá y lo motivó a comenzar una acción múltiple y planificada en beneficio de Ierushalaim y los que retornaron a ella, que tenían la expectativa de verla construida: de lo relatado en los conceptos de Nejemiá, se infiere que le fueron concedidos los siguientes derechos:
Nejemiá fue designado como gobernador de Iehudá (capítulo 5, versículo 14). El título de su cargo en persa era “Tarshata” (capítulo 8, versículo 9). Acorde a su elevado estatus oficial recibió una escolta de honor de “oficiales del ejército y hombres a caballo” (capítulo 2, versículo 9) y también le fue concedida una orden oficial de tránsito seguro para los jefes de las provincias situadas en su camino, como era la costumbre diplomática en esos tiempos (capítulo 2, versículo 7).
El derecho a mantener un batallón del ejército particular, en referencia a los “sirvientes” (capítulo 5, versículos 15-16) y también equipar con armas a las fuerzas policiales locales, conforme a la necesidad. Así armó a los constructores con armas, lanzas, arcos, escudos y armaduras (capítulo 4, versículos 7-10)
El derecho a reconstruir la muralla de Ierushalaim, fortificar sus portones y fortalecer la capital (en referencia a la fortaleza situada al noroeste del Monte del Templo), y construir allí un palacio para él. Para ello, recibió maderas del bosque del reino (capítulo 2, versículo 8) y fue asistido por los sirvientes y su batallón escolta (capítulo 4, versículo 7).
d. El derecho a un gobierno exclusivo en Ierushalaim y sus alrededores. En base a ello, Nejemiá podía declarar ante los líderes de los enemigos de Iehudá, quienes en esta ocasión, intentaron nuevamente inmiscuirse en los asuntos de Ierushalaim: “ustedes no tienen parte ni ningún derecho o remembranza en Ierushalaim” (capítulo 2, versículo 20)
Editado por el equipo del sitio de Tanaj
Extraído del Tanaj con el comentario Daat Mikrá, Ediciones Mosad HaRav Kuk Ierushalaim, Introducción a los libros Ezrá y Nejemiá.